Domingo 8 Noviembre 2026
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El Salvador: Condenan a cuatro personas por homicidio agravado de recién nacido y omisión de denuncia

45 años de prisión para una madre y su progenitora, 35 años para el hermano y 1 año sustituido por trabajos de utilidad pública para un pastor evangélico es el resultado de la resolución emitida por el Juzgado Quinto de Sentencia de San Salvador por el homicidio agravado de un recién nacido y la omisión del deber de poner en conocimiento de las autoridades determinados delitos, según la Fiscalía General de la República.

Ilustración del caso judicial por el homicidio agravado de un recién nacido en San Salvador
Ilustración referencial del proceso seguido en el Juzgado Quinto de Sentencia de San Salvador por el homicidio agravado de un recién nacido, en el que fueron condenados Maritza Yesenia Martínez Ponce, Marta Alicia Ponce Carrillo, Misael Alexander García Ponce y el pastor Arturo A. J. (Foto: Centros Judiciales/El Salvador Times)
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Un parto sin controles, un crimen brutal y creencias de que el bebé “tenía un mal”

De acuerdo con las investigaciones dirigidas por la Fiscalía General de la República, el caso se originó el 3 de julio de 2025, cuando Maritza Yesenia Martínez Ponce, de 19 años, dio a luz a su hijo en una vivienda del cantón Las Ánimas, distrito de San Martín, departamento de San Salvador, sin asistencia médica ni controles prenatales previos. Tras el parto, y siempre según la versión oficial, Maritza y su madre, Marta Alicia Ponce Carrillo, de 44 años, actuaron guiadas por la creencia de que el recién nacido “tenía un mal” y procedieron a desmembrar el cuerpo del bebé y a quemarlo. La Fiscalía incorporó al juicio la prueba pericial de un médico forense, quien explicó que la docimasia pulmonar reveló que los pulmones del niño flotaron, lo que permitió establecer que nació de término y que respiró antes de morir, desmontando cualquier duda sobre un posible nacimiento sin signos vitales.

Gasolina para “quemar el mal” y entierro del cuerpo por el hermano

En el expediente judicial se detalla que el rol de Misael Alexander García Ponce, de 25 años, fue clave para completar el ocultamiento del crimen. Según el vaciado telefónico presentado por la Fiscalía, Maritza le pidió a su hermano que llevara gasolina para “quemar el mal”, expresión que los investigadores vincularon directamente con la intención de incinerar los restos del bebé. Una vez quemado, el cuerpo fue enterrado por Misael en el mismo inmueble del cantón Las Ánimas, lo que para la acusación mostró un claro ánimo de encubrimiento. Estas evidencias técnicas, sumadas a las distintas versiones que Maritza habría brindado a agentes policiales y médicos forenses, llevaron a la jueza del Juzgado Quinto de Sentencia de San Salvador a descartar la tesis de un episodio confuso o de pérdida de memoria y a encuadrar el hecho como homicidio agravado, dada la extrema vulnerabilidad de la víctima y la brutalidad del método empleado.

El papel del pastor Arturo A. J. y la omisión de denuncia

La responsabilidad del pastor Arturo A. J. surgió durante las diligencias, cuando se comprobó que la madre de Maritza lo llamó antes y después del crimen para solicitar oraciones por la supuesta presencia de un mal en su hija. Según los informes de los Centros Judiciales, el pastor llegó a la vivienda de Las Ánimas acompañado de otros miembros de la iglesia, observó la escena y recriminó a la familia, señalando que habían cometido un pecado. No obstante, abandonó el lugar sin informar a la Policía ni a la Fiscalía. Meses antes, las mujeres habían asistido en tres ocasiones al templo para que oraran por Maritza bajo la misma idea de que “tenía un mal”, lo que, a juicio de la Fiscalía, evidencia que el líder religioso conocía el trasfondo de las creencias que desembocaron en el homicidio. Por esa conducta se le atribuyó el delito de omisión del deber de poner en conocimiento de las autoridades determinados delitos, por el cual fue condenado a 1 año de prisión, pena sustituida por trabajos de utilidad pública.

Condenas ejemplarizantes y debate sobre creencias y responsabilidad

La resolución final de la jueza estableció que Maritza Yesenia Martínez Ponce y Marta Alicia Ponce Carrillo cumplirán 45 años de cárcel, mientras que Misael Alexander García Ponce deberá purgar 35 años, todos por el delito de homicidio agravado en perjuicio del recién nacido, cuya identidad se mantiene reservada. La dureza de las penas refleja la valoración de la magistrada sobre la saña del crimen y la completa indefensión de la víctima. El caso, documentado por los Centros Judiciales, también deja al descubierto la tensión entre prácticas religiosas radicalizadas y el cumplimiento de los deberes legales mínimos, especialmente para quienes, como el pastor Arturo A. J., ejercen liderazgo espiritual. A partir de este fallo, organizaciones vinculadas al sistema judicial tendrán el reto de reforzar campañas de prevención y de formación sobre la obligación de denunciar delitos graves, con el objetivo de evitar que creencias no comprobadas sobre supuestos males físicos o espirituales se traduzcan nuevamente en hechos irreparables contra niñas y niños recién nacidos.