En el escrito firmado por el capitán Carlos Salazar Sánchez, director general del INAC , indica que dicha entidad sostuvo una reunión con diferentes autoridades del país, donde se determinaron las medidas que se implementarían para la reanudación de funciones del aeropuerto de Nicaragua.
Leer más:Estadounidense desesperados por abandonar Nicaragua: Embajada anuncia posibles vuelos
“En reunión de Consejo Consultivo, donde participan las máximas autoridades del gabinete con la presidencia y todas la aerolíneas, se dieron a conocer las medidas que se deben de implementar en la Aviación Civil de Nicaragua, para una reanudación segura de las operaciones”, expresa la resolución.
En la etapa cero, cuando se reactiven los vuelos, habrá un movimiento mínimo de pasajeros
“Etapa 0: una situación con restricciones de viaje y un movimiento mínimo de pasajeros entre principales aeropuertos nacionales e internacionales. Etapa 1: aumento inicial de los viajes de pasajeros. Etapa 2: a medida que las autoridades sanitarias revisan la aplicabilidad de las medidas basadas en reconocimientos médicos. Etapa 3: puede ocurrir cuando el brote de virus ha sido contenido suficientemente en una masa crítica de destinos principales en todo el mundo según lo determinen las autoridades sanitarias. Etapa 4: comienza cuando las intervenciones farmacéuticas específicas y efectivas están disponibles en la mayoría de los países”, explica el escrito, el cual indica que el Estado está preparado para reiniciar las operaciones aéreas comerciales.
A la vez, entre los acuerdos, se establece que las aerolíneas deben cumplir con las orientaciones del Minsa y en el caso de los operadores que soliciten realizar vuelos chárter de pasajeros/ humanitarios/repatriación, cumplirán además los siguientes requisitos:
Leer más:Líneas aéreas con vuelos suspendidos
1.- Darle cumplimiento en lo establecido por el Ministerio de Salud en la Resolución Ministerial No. 346-2020.
2.- Certificado de fumigación.
3.- Lista detallada de pasajeros ingresando y saliendo, con copia de sus pasaportes. (Cuando aplique).
4.- Enviar los requisitos técnicos al INAC: 4.1.- Especificaciones y limitaciones de operación de la compañía.
4.2.- COA
4.3.- Certificado de Aeronavegabilidad y matrícula.
4.4.- Póliza de Seguro.
4.5.- Certificado médico y licencia de tripulación.
5.- Llenado de formulario de Sobrevuelo y Aterrizaje.
6.- Otros requisitos que las autoridades de salud pública requieran.