300 KW/h no es mucho, los hogares, las pulperías, pequeños talleres, pueden consumir mas de 300 KW/h al mes, esto no es solo para “ricos”, cualquiera, un restaurante, una iglesia, consume esa cantidad y si caes en desgracia por falta de liquidez, se puede tener un problema serio.
César Zamora, presidente de la Cámara de Energía de Nicaragua (CEN), explicó en una conferencia, que la reforma a la Ley de Estabilidad Energética (Ley 554) en realidad si expondrá al embargo judicial por mora a los clientes de residenciales, pequeños y medianos negocios, en los que sus consumos de energía eléctrica superan los 300 kilovatios hora al mes, por lo que es falso que las acciones judiciales por incumplimiento de pago sean dirigidas exclusivamente a las grandes empresas.
señala que la reforma a la Ley de Estabilidad Energética afectará a un gran universo de los clientes, debido a que el rango de más de 300 kilovatios de hora al mes significa en realidad que se podrá judicializar a los usuarios con cobros que andan en el rango a partir de los 1,500 córdobas mensuales indicó.
Se le esta dando un “poder” a la empresa distribuidora, que ahora tiene grilletes en su menú de opciones.
JUEZ Y PARTE
Para interponer un reclamo por factura “alterada” la primera instancia es con ellos, si la respuesta es una negativa, la apelación es con ellos, y por último con INE, pero ahora ellos simplemente te pueden procesar, embargar o a la cárcel.
La ley además contempla que “todas las horas son hábiles” y te pueden inspeccionar a cualquier hora, incluso a media noche, estés o no presente.
Aquí el texto del anteproyecto de reforma.