Martes 23 Abril 2024
Nacionales

Distribuidora de energía ganaría más dinero con iniciativa de Ley

Se envió ante  la Asamblea Nacional, una iniciativa de Ley, que beneficiaría económicamente a Disnorte Dissur y perjudicaría al consumidor.  De  aprobarse la reforma  se  enviaría a juicio a quienes no hayan pagado  sus facturas, esto sin la aprobación del Instituto Nicaragüense de Energía (INE) entidad facultada para realizar dichos procedimientos, además  la distribuidora  de energía   penalizaría ante cualquier actividad ilícita que atente contra sus intereses, lo cual haría que la empresa pierda menos dinero. 

Contratista de Unión Fenosa, distribuidora de energía reparando alambrado eléctrico-image tomada de La PRENSA
Contratista de Unión Fenosa, distribuidora de energía reparando alambrado eléctrico-image tomada de La PRENSA

Eliseo Núñez, jurista y exdiputado, explicó que de esta forma los usuarios quedan en total indefensión ante la distribuidora de energía por cuanto ahora podrá acusar de fraude cuando quiera y el afectado no podrá hacer nada, porque ni al INE podrá pedirle ayuda , afirmó

Iniciativa de Ley favorece a distribuidora de energía 

se conoció que el Poder Ejecutivo envió a la Asamblea Nacional una iniciativa de ley que pretende reformar el artículo 5 de la ley de estabilidad energética y sus reformas (ley 554), para “promover el uso lícito de la energía eléctrica por medio de la prevención y sanción de la conducta que atenta contra el desarrollo y la estabilidad de este servicio”.

Sin embargo, el objetivo de la reforma es establecer parámetros que permita a la empresa distribuidora penalizar cualquier acción que atente a sus intereses económicos. 

Según las reformas “los procedimientos para verificar la sustracción de energía se deberá tomar en cuenta los siguientes criterios: todas las horas y días son hábiles para realizar inspecciones”.

Además, legaliza como medios de pruebas fotos, videos y actas con dos testigos que certifiquen la sustracción ilegal de energía eléctrica, la gradualidad de los niveles de consumo.

Asimismo establece que cualquier factura emitida por la empresa distribuidora de energía eléctrica que esté legalmente en mora, tendrá reconocimiento de fuerza ejecutiva, es decir, que se considera un documento legal y la empresa distribuidora, en este caso Unión Fenosa puede exigir el pago ya sea por medio de una acción judicial o administrativa, tomando los testimonios de testigos o notarios, de lo contrario puede solicitar apremio corporal, es decir encarcelamiento por deuda.

La reforma al artículo 5 establece infracciones a acciones como “instalar por sí o mediante terceros, conexiones que eviten que la energía consumida pase a través del dispositivo de medición”.

Además “manipular o alterar por si o mediante terceros, los dispositivos de medición propias o de otros usuario, con el objeto de evitar o modificar el registro total de la energía suministrada por la empresa distribuidora y que hay consumido el cliente”.

“Vender energía eléctrica a terceros; y manipular los equipos de verificación que instale el Ente regulador”, señala la iniciativa de ley de reforma.

La propuesta de reforma faculta a la empresa distribuidora a divulgar la lista de clientes que haya cometido el delito de sustracción ilegal de energía, previa autorización del Instituto Nicaragüense de Energía (INE). 

La propuesta fue presentada por el Ejecutivo este viernes y probablemente sea discutida y aprobada en la próxima semana.

Eliseo Núñez, jurista y exdiputado, explicó que de esta forma los usuarios quedan en total indefensión ante la distribuidora de energía por cuanto ahora podrá acusar de fraude cuando quiera y el afectado no podrá hacer nada, porque ni al INE podrá pedirle ayuda , afirmó

Fuente: 100% Noticias 

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