El grupo de trabajo determinó que se efectuaron una serie de actos en contra de Miguel Mora y Lucía Pineda Ubau, lo cual va en contra de los Derechos Humanos.
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"Efectuó en contravención de los derechos humanos a la libertad de opinión, expresión e información, así como el derecho a participar en los asuntos públicos, garantizados en los artículos 19 y 21 de la Declaración Universal; y 19 y 25 del Pacto, lo que la hace arbitraria conforme a la categoría II", alegaron.
Detenciones arbitrarias
En ese sentido, debe haber alguna compensación al respecto.
"El Grupo de Trabajo considera que, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, el remedio adecuado sería concederle a Miguel Mora y Lucía Pineda el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de conformidad con el derecho internacional", dice el párrafo 98 de la decisión y opinión que emite el Grupo de Trabajo sobre detenciones arbitrarias de Naciones Unidas.
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"La acusación formulada encaja en un patrón de persecución de las autoridades nicaragüenses contra periodistas y defensores de derechos humanos. El régimen de aislamiento al que estuvo sometido y las irregularidades cometidas durante el proceso penal, deben servir para constatar que las autoridades están haciendo todo lo posible para impartir un castigo ejemplar, que envíe un mensaje claro a los opositores. Por estas razones la fuente considera que el Sr. Mora fue privado de su libertad por motivos discriminatorios, debido a su condición de periodista independiente que ha criticado al Gobierno", agrega el escrito.
Tanto Mora como Pineda estuvieron encarcelados 172 días y fueron liberados bajo la Ley de Amnistía el pasado 11 de junio del 2019.