La conocida como veda electoral pierde su efecto este lunes de Carnaval, al cumplirse los 60 días previos a las elecciones, tal como estipula la última reforma al sistema de votación en 2017.
Estas regulaciones son criticadas por un sector de la población, que las considera un mecanismo de censura que atenta contra la libre expresión, sin embargo, el TE aduce que dicha norma, aprobada por la Comisión Nacional de Reformas Electorales, solo busca controlar el proceso comicial.
No es que atentamos contra el derecho sagrado a la libertad de expresión. Una persona puede manifestarse y hacer campaña en sus cuentas personales, lo que no se puede, antes del plazo, es hacer transacciones comerciales con ello, explicó a la prensa Heriberto Aráuz, presidente de ese tribunal.
De acuerdo con Araúz, lo que la sociedad aprobó a través del Parlamento es la prohibición a terceros (los que no son candidatos o partidos) de pagar a otro para manifestarse en contra o a favor de alguien.
Además de las acciones proselitistas, este Código Electoral también limita los gastos de los candidatos y partidos, así como los sitios a utilizar para las acciones proselitistas.
Casi tres millones de electores están convocados a las urnas el próximo 5 de mayo para elegir al presidente y vicepresidente de la República, diputados al Parlamento Centroamericano, y a la Asamblea Nacional, alcaldes, representantes de corregimiento y concejales.
