El 29 de febrero de 2016, las autoridades argentinas se acercaron al HUA LI 8, un portero de bandera de China que había sido observado pescando ilegalmente en la ZEE. A pesar de los esfuerzos que incluyeron disparos de advertencia, el HUA LI 8 se dió a la fuga. Argentina solicitó apoyo de INTERPOL, quien emitió una notificación morada para alertar a los países miembros que el buque seguía prófugo.
Dos meses después, autoridades de Indonesia arrestaron al buque en aguas de Sumatra. La noticia más relevante del arresto fue la presencia en la tripulación, de 29 ciudadanos indonesios que habían sido sujetos del tráfico de personas y trabajos forzados, según una investigación realizada por la Organización Internacional para las Migraciones. El informe es uno entre centenares que, originados en ONG´s, gobiernos u organismos multilaterales, procuran visibilizar y generar conciencia acerca de las condiciones infrahumanas, rayanas en la esclavitud, el tráfico de personas y los trabajos forzados que deben soportar cientos de miles de tripulantes de buques pesqueros en muchas partes del mundo.
Trabajos forzados, servidumbre y trata de personas
Según investigaciones realizadas por la ONG Global Fishing Watch (GFW), el caso del HUA LI 8 es un ejemplo paradigmático de una patología crónica de la industria pesquera. Las condiciones severamente inhumanas que caracterizan la vida de los marineros incluyen violencia física, privación del sueño, abuso verbal y amenazas de muerte, retención de pago y tratamiento médico, confiscación de identificación personal, alimentación escasa o inadecuada y, en casos graves, incluso asesinato. Estos hechos son indicadores de prácticas análogas a la esclavitud, trabajos forzados, servidumbre por deudas y trata de personas. Según la OIT, decenas de millones de personas fueron víctimas de trabajos forzados en todo el mundo. El Índice Global de Esclavitud publicado por la Fundación Minderoo informa que los siete países con mayor riesgo de esclavitud generan casi un 40% de las capturas pesqueras mundiales.
Desde el punto de vista de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, estas prácticas implican violaciones claras y flagrantes, aunque muy distantes de ser reconocidas y menos reprimidas. En la inmensidad del mar, y largos meses de aislamiento es fácil ignorar los derechos a la vida, la libertad y la seguridad (Art. 3), a no ser sometido a esclavitud, servidumbre o trata de esclavos (Art. 4), a no ser objeto de torturas o penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (Art.5), a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo (Art. 23) y al descanso, al disfrute del tiempo libre y a una limitación razonable de la duración del trabajo (Art. 24).
Informes más recientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) revelan que el trabajo forzoso y la trata de personas en el sector pesquero son un problema grave. Estos informes dan cuenta que los pescadores, muchos de ellos trabajadores migrantes, son vulnerables a formas graves de abuso de los derechos humanos a bordo de los barcos pesqueros y son muy vulnerables a ser engañados y coaccionados por intermediarios y agencias de contratación.
