El fallo fue aprobado el pasado 16 de febrero por seis de los nueve magistrados de la Corte y fue divulgado este miércoles (01.03.2023).
"Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental", indicó la Corte en su fallo.
Los recursos ante el máximo tribunal fueron presentados por varias parejas panameñas del mismo sexo que buscaban que sus matrimonios, celebrados en otros países, fuesen reconocidos legalmente en Panamá.
"Pero la realidad que existe una Mayoría silenciosa, minoría ruidosa que piden amor y tolerancia pero además quieren otra cosa es destruir el diseño original de Dios y Quieren los cristianos estamos divididos
Pues somos su único obstáculo, Ya dejemos la hipocresía y la adicción a la aprobación. Que lo que Dios a dicho en su palabra, está por encima de nuestra opinión" expresó un defensor de la familia
Sin embargo, la Corte panameña expresó que "por más cambios que se sucedan en la realidad", por ahora el matrimonio igualitario "carece de un reconocimiento convencional y constitucional" en el país.
