Se conoció extraoficialmente, que bajo los efectos del licor, el sujeto identificado con las iniciales E.F.P. le ocasionó lesiones en la cabecita a un menor de 9 años, que fue identificado con las iniciales E.A.H, el cual murió inmediatamente tras las lesiones recibidas.
"El menor fue herido de gravedad en su rostro y cráneo, provocando su muerte inmediata por arma blanca", expresaron sus familiares. La Policía Nacional está trabajando en la investigación para asegurar que el autor del crimen enfrente la justicia.
Según testimonios de testigos, el desalmado sujeto bajo los efectos del licor cometió el horrendo crimen, para luego salir huyendo del lugar de los hechos. Habitantes de la comunidad San José del Ojoche, se encuentran consternados por tan fatal suceso.
La ley 287, aprobada el 24 de Marzo de 1998, publicada en La Gaceta, Diario Oficial de Nicaragua establece: Artículo 5.- Ninguna niña, niño o adolescente, será objeto de cualquier forma de discriminación, explotación, traslado ilícito dentro o fuera del país, violencia, abuso o maltrato físico, psíquico y sexual, tratamiento inhumano, aterrorizador, humillante, opresivo, trato cruel, atentado o negligencia, por acción u omisión a sus derechos y libertades.
Es deber de toda persona velar por la dignidad de la niña, niño y adolescente, poniéndolo a salvo de cualquiera de las situaciones anteriormente señaladas.




