La sentencia fue dictada por el doctor Erick Ramón Laguna Averruz, juez de Distrito Penal de Juicio de Estelí, quien encontró a Matute culpable de los delitos de asesinato, portación ilegal de armas de fuego o municiones, y lesiones graves.
Matute fue condenado a:
- Diez años de prisión por el asesinato de Melvin Sevilla.
- Dos años de prisión por lesiones graves contra Ulises Cruz Estrada.
- Dos años de prisión por lesiones graves contra Pedro Pablo Chévez Díaz.
- Un año de prisión y cien días multa por portación ilegal de armas.
Aunque las penas suman un total de 15 años de prisión, la legislación nicaragüense, según el artículo 82 del Código Penal, permite que estas se cumplan de forma simultánea. Por ello, el condenado permanecerá en prisión por un período de diez años, con fecha de salida prevista para el 20 de mayo de 2034.
El asesinato ocurrió durante la vela de la señora Haydee Cruz, donde Matute disparó siete veces contra Sevilla con una pistola calibre 9 milímetros. Tras cometer el crimen, Matute huyó y fue capturado en mayo de 2024.
En cuanto a la multa, inicialmente estipulada en 12,081 córdobas, se aplicó una reducción bajo el artículo 64, inciso 3, del Código Penal, quedando en 4,027 córdobas.
El caso ha generado conmoción en la comunidad de Estelí, destacando la gravedad de los actos cometidos y las consecuencias legales para el acusado.




